DISPOSITIVA
Con base en a las consideraciones que anteceden este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano: Santos Escalona Luís Alberto, venezolano de 30 años, de edad, natural de Barinas Estado Barinas, fecha de Nacimiento 25/01/79, titular de cedula N°15.271.561, profesión, vigilante Privado, hijo de Maria Alejandrina Escalona (v), y Santos Tomas Trinidad, (v); residenciado en el Barrio el Molino, avenida 05, entre calle 8 y 9, casa N° 8-106, Barinas Estado Barinas, con base a la calificación alegada por el Ministerio Público, esto es la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Pe.....