Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos LUIS MARIA PALMA MARTINEZ Y MARIA TERESA VARGAS, ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el día doce (12) de agosto del dos mil once (2011), según lo establecido en el Artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veintiséis de marzo del dos mil ocho (26/03/2008) por la Oficina de Registro Civil del municipio Guanare del estado portuguesa,, tal como se evidencia del Acta matrimonio folio 02.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la.....