En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante-recurrente, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 01/08/2018 dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare. Y así se decide.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia interlocutoria de fecha 01/08/2018 dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare. Y, SE EXHORTA, a la parte demandante-recurrente a realizar un uso.....