DISPOSITIVA
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.713 y 1.714 del Código Civil, y los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, eiusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos: ALDOFO MALAVE ABDELNOUR, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el Profesional del Derecho ciudadano: ERNESTO JOSÉ PACHECO SAAVEDRA, y la ciudadana: DORCA VANESSA CASIQUE MÁRQUEZ, en su condición de demandada, debidamente asistida por la Profesional del Derecho ciudadana: LISANDRA COROMOTO TERÁN LOBATA; todos plenamente identificados supra, en los términos y condiciones señalados en la transacción.
No hubo condenatorias en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y expídase copia certifica.....