DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO PROCEDIMIENTO EN LA DEMANDA DE DIVORCIO, presentado mediante diligencia de fecha 06 de diciembre de 2023, por el demandante, ciudadano JUAN MANUEL RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.278.631, asistido de la abogada MARÍA ANGÉLICA ÁLVAREZ MONCADA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 82.958, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 263 eiusdem, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente .....