or los motivos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA CONFESION FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Nilda Rosa Sáez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 15.905.478, en representación de su hijo xx contra el ciudadano Bernardo Antonio Dávila Valera, venezolano, mayor edad, domiciliado en la Ciudad de Guanare estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº 14.466.242, y fija la cantidad de tres mil bolívares (Bs 3.000,00), mensuales, más el doble de la cantidad en el meses de septiembre y diciembre de cada año, más el 50% en gastos de consultas médicas y medicamentos en caso de enfermedad.
Regístrese y publíquese y déjese cop.....