Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN que les fue impuesta en fecha 30 de Noviembre de 2005 a los penados RAMÓN MARÍA MENDOZA MENDOZA, JOSÉ LUIS MENDOZA y ALEXIS GREGORIO MENDOZA , el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3 de este mismo Circuito Judicial Penal por haberlos hallado culpables y responsables de la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE GANADO PROVENIENTE DE UN DELITO CONTRA LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera.
SEGUNDO: Se practica el cómputo de la pena a.....