En virtud de lo anteriormente expuesto y oídas como fueron las exposiciones de las partes en la audiencia oral, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; decreta: PRIMERO: Asume la competencia de la presente causa, a los fines de supervisar, controlar y vigilar el cumplimiento de las sanciones impuestas al joven adulto sancionado (Se omite por razones de Ley). SEGUNDO: Impone al joven adulto (Se omite por razones de Ley), las Medidas Sancionadoras de Semi-libertad y Reglas de Conducta, previstas en los artículos 627 y 624 la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en: Semi-libertad: a) Deberá ingresar a la Entidad de Atención Varones Guanare de lunes a sábado a las 6 de la tarde. b) Deberá salir, sin custodia alguna, a las 7 .....