VI
DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, ciudadana MAYRA MILÁNGELA MANSILLA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.542.445; contra la sentencia definitiva de fecha 26 de noviembre de 2012 proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa- sede Acarigua. Y Así se Decide.-
Segundo: SE CONFIRMA el fallo de fecha 26 de noviembre de 2012 proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del
FOLIO DOSCIENTOS TREINTA (230)
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa- sede Acarigua. Y As.....