En caso de incumplimiento, el concepto de cesta ticket será actualizado a la unidad tributaria vigente al momento del pago efectivo. Por consiguiente, revisado como ha sido el derecho, en base a la presun
ción de admisión de los hechos alegados por la demandante, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara CON LUGAR la pretensión de la ciudadana MARIA JOSE GUEVARA SILVA, titular de la cedula de identidad Nro. 21.160.348, demanda por cobro por diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales contra: HONORIO JUVENIL CASTILLO SUÁREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-10.726.951, propietario de la firma personal REPRESENTACIONES CASTILLO SUÁREZ, y solidariamente a los ciudadanos HONORIO JUVENIL CASTILLO SUÁREZ, ya identificado y SATURNINA MARISELA BARCO, en consecuencia, se ordena a pagar a la demandada la cantidad de Bolívares CUATROCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 460.424,19)......