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D I S P O S I T I V A
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION y en consecuencia la EXTINCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano: LUIS EDUARDO FREITEZ ALVAREZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº. 19.376.446 domiciliado Urbanización desarrollo camburito, casa Nº 17-27 Araure, Municipio Araure, Estado Portuguesa, debidamente asistido en este acto por el abogado RAMON C. FREITEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.866.507 inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 92.199 contra la ciudadana DIANA CAROLINA GALAN VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-19.283.655, todo ello de conformidad con el Artículo 267 o.....