este Juzgador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, verificado como fue el cumplimiento del debido proceso y el derecho de ambas partes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción incoada por el ciudadano SIXTO RAFAEL PRINCIPAL , en contra de la empresa SERVICIOS DE VIGILANCIA RESGUARDO Y PROTECCIÓN C.A (SERVIRESPROCA), por la declaratoria de la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa por la naturaleza del fallo.