Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el apoderado judicial de la parte accionante abogado José Rafael Luna Silva, en nombre y representación de los ciudadanos Luis Manuel Azuaje Guedez, Maximino Zambrano Gudiño, Exer Javier Colina Hernández, Luis Alfredo Morales Morales, Nazzer Salin Aouar Guedez y Yimi José Azuaje Loyo, en contra de la sentencia definitiva dictada el día 25 de febrero de 2010, por el Juzgado 1ero de Primera Instancia de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare.
SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por la codemandada L.C. Ingeniería C.A con respecto a la acción intentada por los ciudadanos Maximino Zambrano Gudiño, Exer Javier Colina Hernán.....