SEGUNDO:
Por los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Portuguesa Sección Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA 1.- Homologa: El Pre - Acuerdo Conciliatorio propuesto y celebrado entre las partes en fecha 25/02/08,contentiva de la única condición pactada como es la cancelación de 350 bolívares a la victima ciudadana Carmen Carolina Rojas como parte de los gastos médicos causados por el accidente de tránsito que originó el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y 2) Se decreta el Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor del Adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, lo cual extingue la acción penal en el presente cas.....