En fuerza de los fundamentos y consideraciones expuestos, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de Ley NIEGA la solicitud de titulo supletorio interpuesta por la ciudadana ISABEL TERESA MÉNDEZ DE COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 9.255. 133.