DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme al Artículo 250 ordinal 1º,2º,3º, 251 ordinal 1º, 2º, 3º; 252 ordinal 1º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal a los imputados Robert Alfredo Madroñero Montilla, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.187.745, soltero, obrero, natural de Guanare, Estado Portuguesa y residenciado en el Barrio La Pastora, calle 15 al lado del Sector Los Guasimitos, casa Nº 15 Guanare, Estado Portuguesa y Víctor Rafael Escalona Gudiño, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identid.....