DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente pretensión por REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE, incoada por el ciudadano: ALEXIS RAMON COLINA GONZALEZ, debidamente asistido por el Profesional del Derecho: ASTERIO JAVIER VILLEGAS MENDOZA, contra los ciudadanos: YSMELI GUADALUPE SOSA y ALEXIS JESÚS COLINA SOSA, todos plenamente identificados, de conformidad a lo establecido en el artículo 267 Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.
Notifíquese a la parte actora. Para la práctica de la notificación del ciudadano: ALEXIS RAMÓN COLINA GONZALEZ, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circu.....