DISPOSITIVA.
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme lo establecido en el artículo 578 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente DECIDE: 1) La admisión total de la acusación contra el adolescente (identidad omitida), por la comisión del delito de Violación, previsto en el artículo 374 ordinal 1º del Código Penal, relacionado con lo establecido en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del niño MICHOLS JESUS PEREZ RIVERO. 2) Se Admiten los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, descritos en el título precedente. 3) Se impone al mencionado adolescente, las medidas cautelares establecidas en el artículo 582 literales "c" y "f" de la Ley .....