DISPOSITIVA:
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la ejecución de la sentencia dictada al penado JHONNI BAUDILIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ, titular de la cedula de identidad No. V- 15.362.113, venezolano, natural de Guadualito, estado Apure, de 32 años de edad, nacido en fecha 07-07-1979, estado civil soltero, de oficio chofer, residenciado en la urbanización Cinqueña III , calle ancha, casa sin número, Barinas estado Barinas, de conformidad con los artículos 470, 471, 474 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente al Consejo Nacional Electoral a los fines de informarle sobre la inhabilitación política. Remítase copia certificada de la Sentencia y de la presente decisión al centro de.....