En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO.- Se declara INADMISIBLE la recusación propuesta en fecha 17/07/2025 por el abogado Carlos Gudiño Salazar, titular de la cédula de identidad N° 16.208.549 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.283, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, en contra de la Abogada Mayuly del Valle Martínez Guzmán, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO. - De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, y en vista de la naturaleza no criminosa de la recusación, este tribunal impon.....