DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad de los adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA, previa ADMISION DE LOS HECHOS y de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, , por la comisión de un delito CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, cometido en perjuicio de la Ciudadana: ELIZABETH DEL CARMEN PIÑERO CASUU, se ordena cumplir la sanción Definitiva de:
1) LIBERTAD ASISTIDA, establecida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de los adolescentes, por el lapso de SEIS (06) MESES
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