D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas por la ciudadana CELINDA MARBELIS URIBE FUENTES, identificada en autos, para asegurarle a su hija, la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 01 año de edad, así como también a la ciudadana YOSNEIDY CAROLINA PEROZA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.072.927, a sus hijos: el adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de doce (12), de once (11), de siete (07) años de edad y al niño Identificación Omitida por Disposición de la L.....