DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR La acción intentada por la ciudadana NOHELIA JOHANNA VILLAVICENCIO OROPEZA, contra la GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA, en consecuencia se ordena a la demandada pagar a la actora la cantidad de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 17.465,84), más intereses moratorios e indexación o corrección monetaria.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por los privilegios y prerrogativas que goza la parte demandada.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República en.....