Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por daños materiales intentada por el ciudadano CARLOS ALFREDO RODRÍGUEZ CISNEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.053.328, domiciliado en Caracas Distrito Capital en contra de los ciudadanos HERMES RODRÍGUEZ PIMENTEL y FIDEL RODRÍGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.728.338 y 11.900.435, domiciliados en el Asentamiento Campesino José Antonio Páez, vía Gato Negro, en su condición de propietario y conductor respectivamente, quienes deberán cancelar la cantidad de NOVECIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 980.000,00) por concepto de daños materiales causados al vehículo de la parte actora, más lo que resulte por concepto de in.....