DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado en función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana NACARI DEL VALLE GARCIA AGUIN, titular de la cedula de identidad Nº V-12.238.574, residenciado en el Barrio El Libertador, Avenida Principal, calle 03, Casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO CONTINUADO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO CONTINUADO EN GRADO DE FACILITADOR, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR Y FRAUDE INFORMÁTICO, cometido en perjuicio de DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO PORTUGUESA Y EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con los artículos 471, 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, cítese al penado a objeto de imponerlo del presente auto, déjese copia y Archívese.
El Juez de Ej.....