DISPOSITIVA.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: IMPARTE LA HOMOLOGACION a la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO intentado por el ciudadano HECTOR JOSE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.528.406, domiciliado en la calle 11, casa número 185 de la Urbanización Brisas de Sofía de de la ciudad de Araure estado Portuguesa, debidamente asistido por la abogada EDIFRANGEL LEON PEREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 38.309, contra los ciudadanos GREGORIA JOSEFINA GUTIERREZ LINAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.943.807, domiciliada en el Municipio Tinaco estado Cojedes, ROMER.....