Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Se confirma el auto dictado en fecha 19/11/2.004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que acordó Inadmitir la acción de Amparo Constitucional incoado por el ciudadano Edgar Feliciano Aguillón Valles contra los ciudadanos Yudelkis García, María Victoria Aranguren, María Isabel Colmenárez, Ingrid Angelina Aranguren, Milanyelo Ballestes, Luis Sánchez, Gregory José Barco y Willy Silva García.
No hay condenatoria en costas en virtud de que el conocimiento de dicha decisión surge en ocasión de la consulta de.....