DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata ejecución de la mencionada decisión, de conformidad a lo previsto en el Artículo 646 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena al adolescente PABLO ENRIQUE TORREALBA, venezolano, nacido en fecha 02/03/1993, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 21.564.403, residenciado en el Barrio Santa Elena, calle 01 y 02, con avenida 03, Casa Comunal, LA Pastora del Caserío el Ají, Parroquia San Isidro Municipio Turen Estado Portuguesa, a cumplir la sanción de:
- SEMI LIBERTAD: Por el lapso de un (01) año de conformidad con el artículo 627 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente
- LIBERTAD ASISTIDA: Por el lapso de dos (02) año de conformid.....