D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano PEDRO MANUEL TORRES PONCE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-5.951.007, domiciliado en el barrio Paraguay, avenida 40B, entre calles 29 y 30, casa N° 29-43 de esta ciudad de Acarigua estado Portuguesa, asistido por la profesional del Derecho abogada KEIDY CAROLINA RAMOS, inscrita en el INPREABODO bajo el N° 235-864, contra la ciudadana HILDA GREGORIA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad numero V-9.838.049, domiciliada en el Barrio San Vicente avenida 52, casa N° 16-2, de esta ciudad de Acarigua estado Portuguesa.....