En consecuencia de lo anterior, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA DE EMBARGO decretada sobre bienes muebles propiedad del demandado en fecha 03 de Febrero de 2006; y SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO sobre un vehículo Marca: MITSUBISHI; Modelo: MS; Color; AZUL; Placas: XVY-475; Clase; AUTOMÓVIL; Año: 1994; Tipo: SEDÁN; Uso: PARTICULAR; Serial de Carrocería: VBRRE33ASNHM0012; Serial de Motor: QJ9846; de conformidad con el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 585, ejusdem. Y Así se Decide.
En tal virtud, ofíciese al Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Ospino, Agua Blanca y San Rafael de Onoto de este mismo Circuito Judicial, a los fines de participarle de la revocatoria de la medida; y, líbrese Despacho de Ejecución de Medida Preventiva de Embargo al mismo Juzgado, remitiéndolo con oficio, a los fines de la práctica de la cautelar decretada sobre el vehículo ya descri.....