En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Transito, y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescentes de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la demanda de obligación alimentaria, incoada por la ciudadana NANCY MARIBEL BETANCOURT YEPEZ, en representación de la niña JVMB, contra el ciudadano JOHAN ANTONIO MEJIAS MEJIAS, ambos identificados.
En consecuencia, se declara con lugar la fijación alimentaria a favor de la identificada niña y queda el demandado obligado a pagar por este concepto la cantidad de Sesenta Mil Bolívares (Bs. 60.000,oo) mensuales; y la suma de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (250.000,oo) en el mes de diciembre de cada año, y desde luego, estando obligado a sufragar los gastos por atención médica y medicinas que ella, requiera oportuna.....