VII
DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, ciudadano ASDRÚBAL ANTONIO RAMOS VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.400.300; contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, en fecha 28 de Septiembre de 2011. Y Así se Decide.-
Segundo: SE REVOCA el fallo proferido por Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en fecha 26 de Septiembre de 2011. Y Así se Decide.-
Terce.....