Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: ALIANNI YOSSELIN AQUINO LUIS, ya identificada, el derecho de propiedad, dominio y posesión sobre las mejoras y Bienhechurias antes descritas y se le otorga Titulo Supletorio sobre las referidas mejoras y Bienhechurias consistente en Una Casa, quedando a salvo los derechos de terceros, dicha solicitante presento: Cedula Catastral y Planos de Mensura, expedidas por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Turen, Portuguesa, copia fotostática de las Cédulas de Identidad de su persona Y Constancia de Residencia expedida por el Consejo Comunal EL SACRIFICIO, para .....