Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, interpuesto por el ciudadano Benjamín Ortegano Fernández, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.185.344, contra su cónyuge Griselda del Carmen Montilla Montaña, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V-20.318.392, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha Dieciséis (16) de Diciembre del año Dos Mil Seis (2006), por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Uvencio Antonio Velásquez Municip.....