Este Tribunal para decidir acerca de la declinatoria de competencia recaída observa:
De las actuaciones que fueron presentadas anexadas a la presente solicitud, observa esta juzgador, que la prenombrada solicitante consignó entre otros documentos, copia certificada del Acta de Nacimiento N° 233, expedida por el Registro Civil del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa, en fecha VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/09/2011) correspondiente la coheredera ISABELLA VICTORIA SANCHEZ PERNALETE, nacida en fecha 14/07/201 evidenciándose que la misma es menor de edad. Y es hija de la heredera ANGELA KARINA PERNALETE DE SÁNCHEZ (+).
Ahora bien, dispone el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:
"El Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es competente en las siguientes materias:
Parágrafo Segundo: Asuntos de familia de jurisdicción voluntaria:
...k.- justificativo para perpetua memoria y demás diligencias a la com.....