-IX-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación ejercido en fecha 16 de octubre de 2024, por el abogado WISTER ALVAREZ plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: NULO TODO EL PROCESO, desde la admisión de la demanda hasta la sentencia definitiva del 11 de octubre de 2024, dictada por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
TERCERO: INADMITE el juicio de desalojo de alquiler de una casa usada para vivienda, al haberse admitido, sustanciado y decidido por la Ley de Arrendamiento para Uso Comercial.
CUARTO:.....