Con fundamento a las anteriores consideraciones y siendo de naturaleza condenatoria de la presente sentencia tal y como lo prevé el artículo 603 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DICTA SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA), desde esta misma sala y cesa cualquier medida que se le haya impuesto al adolescente en su oportunidad. Se ordena la Libertad Plena, y . Acuerda remitir Copia Certificada de la presente Acta y el correspondiente auto motivado, copia certificada de la Declaración del funcionario Oficial Agregado Pedro Ortiz, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.139.574 y copia del acta de Aprehensión a la Fiscalía Superio.....