1) Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el acusado Ely Noel García por el delito de VIOLENCIA SOBRE FUNCIONES PUBLICAS, previsto y sancionado en el artículo 216 del Código Penal.
2) Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
Una vez hecho dicho pronunciamiento la Juez de Control N° 1 informó al acusado de las formulas alternativas de prosecución del proceso, muy especialmente el Procedimiento por Admisión de los Hechos establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal e interrogándoles si deseaba acogerse a dicho Procedimiento, quien manifestó en forma individualizada " No ADMITO LOS HECHOS".
3) Se Ordena la apertura a JUICIO contra el acusado ELY NOEL COY GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Portador, fecha de nacimiento 08-04-1981, de 31 años de edad, Casado, natural de Guanare Estado Port.....