DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara sin lugar el decaimiento de la Medida Judicial Preventiva de Libertad impuesta a los acusados Saúl Antonio Castillo Paredes, titular de la Cédula de identidad Nº17.617.470; y a José Gregorio González, titular de la Cédula de identidad Nº 15.350.132, en consecuencia acuerda mantener la medida privativa de libertad conforme a lo establecido en los artículo 250,251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, manteniendo su sitio de reclusión. Ordenándose librar notificaciones a las partes de la presente decisión,
La Jueza de Juicio Nº1
Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,
Abg. Tania Rivero Pargas