Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: LUIS SACRAMENTO VIZCAYA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, natural de Cabudare, Estado Lara, titular de la cédula de identidad N° 3.472.364 y residenciado en la avenida 11, entre calle 2 y 3, casa N°11, sector La Lagunita, Villa Araure I, Araure, Estado Portuguesa, por el delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.