En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA cautelar de PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD impuesta en fecha 11-02-2006, en contra del acusado LUIS HUMBERTO RODRIGUEZ LOZANO, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se impone Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256, numerales 3º, 4º Y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: 1.- La obligación de someterse al cuidado y vigilancia del ciudadano German Cepeda Vega, en su condición de tío del acusado Luis Humberto Rodríguez Lozano; 2.- La presentación periódica cada ocho (8) días ante la Oficina d.....