DISPOSITIVA
Por los motivos explanados este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO EL TIEMPO DE TRABAJO LABORADO POR PENA CUMPLIDA, al ciudadano NEILA NAILET CARRASCO ALVAREZ, venezolana, nacida en La ciudad de Acarigua, estado Portuguesa, en fecha 09 de mayo del año 1980, titular de la cédula de identidad Nº 14.464.059, y actualmente cumpliendo pena en Centro Penitenciario de Occidente-Santa Ana, estado Táchira, por el lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTE (20) DÍAS, el cual se le rebajará de la pena principal le fuere impuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
Regístrese, notifíquese, publíquese, déjese copia y ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución No. 1.
Abg. Dulce Ma.....