DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO a que llegaron las partes el cual quedó establecido de la siguiente manera:
PRIMERO: la custodia del niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley será ejercida por la madre ciudadana LETANIA JOSEFINA MENA ACOSTA.
SEGUNDO: El padre ciudadano FRANCISCO RAMÓN PEREZ, ejercerá el siguiente Régimen de Convivencia: mandará a buscará con terceras personas al niño en cuestión en la residencia de la madre cada 15 días los vienes a las 5:00 PM y lo retornará el día próximo domingo a la misma residencia a las 5:00 PM, también con terceras personas. En la oportunidad que el padre no pueda buscar al niño el día vienes por asuntos laborales se co.....