DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y 234 del Código Orgánico Procesal Penal, CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano JULIO CÉSAR NÚÑEZ ARANGUREN, de Nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad V.-18.102.904, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 14 de Octubre de 1987, hijo de Carmen Aranguren y Aroldo Núñez, de estado civil casado, profesión u oficio estudiante, residenciado en la Urbanización Simón Bolívar, Calle 4, casa Nº 03, Sector Los Próceres Cuarta Etapa, Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: De conformidad con el artícul.....