C U A R T O
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control Nº 1 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Admite la Acusación Totalmente en contra de la Imputada: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY. ARTICULO: 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE); admite la Totalidad de las Pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser pertinentes y necesarios y la Calificación Jurídica dada por el Ministerio Público como el Delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el Articulo: 5 y Articulo: 6, Numerales: 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor. Y 2.- AGAVILLAMIENTO, previsto en el Artículo: 286 del Código penal, en perjuicio de Jesús Quintero.
SEGUNDO: Condena a la Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA POR R.....