En consecuencia, este TribunalTercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO realizado por la ciudadana: CRISALDA MARIA CASTILLO MORA Y AUDELIS ANTONIO CASTILLO MORA, Venezolanos, mayores de edades, civilmente hábil, titulares de las cédulas de identidades N° V-8.659.085 y V-7.599.766 y ROBINSON JESUS CASTILLO CORDERO Y YOHANDRI ANDREINA CASTILLO CORDERO, Venezolanos, mayores de edades, hábil, titulares de las cédulas de identidades N° V-22.108.561 y V-19.052.300, única y exclusivamente en su contenido y firma.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, declara RECONOCI.....