´Con base en los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO realizado por la ciudadana NADIUSKA LENOSKA SOTELDO TORREALBA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.001.739, asistida por el abogado JESÚS EDUARDO TROCONIS RODRÍGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 174.562, con relación a la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA que interpuso el ciudadano LEONARDO JOSÉ RAMÍREZ PAREDES, titular de la Cédula de Identidad Nro. 22.112.314, asistido por el abogado DAVID GARRIDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 299.482.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1.363 y 1.364 del Cód.....