DISPOSITIVA
Por las motivaciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Califica la Aprehensión practicada en FLAGRANCIA al ciudadano BARRIOS RIERA AUGUSTO JOSE mayor de edad, natural de Papelón Estado Portuguesa nacido en fecha 22-05 -1978,de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.731.631, residenciado en el Barrio Divino Niño, calle principal casa s/n, de la ciudad de Acarigua.
Segundo: Califica Provisionalmente el hecho delictivo imputado al ciudadano BARRIOS RIERA AUGUSTO JOSE, como el delito de Aprovechamiento de Vehículo Automotor Proveniente de Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de Manzano Loreto Ramón Darío.
Tercero: Se acuerda l.....