se dictó decisión en la que se ACORDÓ EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO a favor del penado HENRY JOSE CONDE MEZA, como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta, beneficio que cumplirá bajo la supervisión y control directo del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal del Estado Portuguesa donde pernoctará, cumpliendo horario de trabajo de lunes a sábado en la Firma Personal denominada "Abasto y Carnicería Milla M", beneficio que cumplirá hasta el día 17-10-2011, fecha de finalización de la pena impuesta, venciendo el período de vigilancia en fecha 17-01-2014; todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 65 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario.