DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del Recurso de Apelación interpuesto en fecha 29 de julio de 2011 por el ciudadano imputado ANTONIO JOSÉ FUZCO RUIZ, con ocasión a la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, de fecha 22 de julio de 2011.
Regístrese, déjese copia, notifíquese y remítase las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare a los CATORCE (14) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE (2011). Años 201° de la Independen.....